AYUDAS.- La iniciativa está a cargo del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y consiste en un monto de 4.2 Unidades de Fomento (UF) mensuales (monto aproximado de $148.000).
REGIÓN DE LOS RÍOS, Valdivia. – Con la finalidad de mejorar la calidad de vida de siete familias de Valdivia y una de Mariquina, se entregaron asignaciones directas de subsidio arriendo y subsidio tradicional de traslado y albergue. Se trata de personas que requerían urgentemente una solución habitacional y que gracias a este beneficio podrán mejorar su calidad de vida.
En esta línea, el seremi(s) de Vivienda y Urbanismo, Víctor Gatica, dijo: “Es imperativo mejorar la calidad de vida de nuestra comunidad, contar con una solución habitacional, a través de diversos mecanismos como el subsidio de arriendo o subsidio adicional de traslado de albergue, que hemos entregado a estas familias por medio de una asignación directa y que tenemos la certeza, permitirán mejorar su vida cotidiana y la de sus familias”.
Inés Macaya Muñoz, beneficiada, enfatizó que “es difícil para nosotros porque a veces nos atrasamos con el arriendo y nos cobran, estamos pagando $180. 000 y para nosotros es plata que es difícil tener siempre”. Macaya, agregó: “Mi esposo trabaja independiente y tenemos un hijo que estudia, estamos felices [por eso, pero] es un dinero que tenemos que apartar, es difícil la situación de tener que apartar la plata para el arriendo”.
Nelly Obando, otra beneficiada, dice que este subsidio será un cambio radical en sus vidas, ya que “nosotros vivimos en el campamento de la Pablo Neruda “La Estrella”, eso hace casi 3 años, ya que antes vivíamos como allegados y compramos una mediagua”.
Obando, aprovechó para profundizar diciendo que “vivo encerrada porque es peligroso, además el agua no llega, no tenemos casi nunca agua y me complica moverme en mi silla de ruedas, ahora podemos buscar una mejor casa”.
MONTOS
El subsidio para arrendar una vivienda tiene un tope de 170 Unidades de Fomento (UF), el cual se entrega de manera mensual con un tope de 4,2 UF, el que podrá ser utilizado de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de 8 años.



