21 de marzo de 2025

BENEFICIOS

Sala aprueba propuesta que moderniza procedimientos para empresas en insolvencia

BENEFICIOS.- La Sala aprobó las modificaciones del Senado a la iniciativa que busca fortalecer la estabilidad financiera de las micro y pequeñas empresas.

 

 

REGIÓN DE VALPARAÍSO, Valparaíso.- Modernizar los procedimientos concursales contemplados en la Ley 20.720 y crear nuevos procedimientos para micro y pequeñas empresas es el objetivo del proyecto (boletín 13.802) que culminó su tramitación en el Congreso, luego que la Cámara respaldara las modificaciones realizadas por el Senado a la propuesta previamente despachada.

En lo medular, la propuesta busca actualizar normas de la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento (20.720), optimizando los procedimientos dispuestos en ella.

 

 

Así, por ejemplo, promueve una simplificación de ciertos aspectos burocráticos de los procedimientos concursales actuales. Con ello, se espera una más rápida tramitación y bajos costos de administración para las personas y las micro y pequeñas empresas.

Asimismo, se incrementan las tasas de recuperación de créditos, promoviendo reestructuraciones de pasivos antes que liquidaciones. La idea es entregar certeza jurídica en ciertas disposiciones de la ley.

 

fullerton.alzaisapres@gmail.com
fullerton.alzaisapres@gmail.com

 

CONTENIDO DEL PROYECTO

La propuesta, entre otros puntos, sustituye el “Procedimiento Concursal de Liquidación de los Bienes de la Persona Deudora” por los procedimientos concursales especiales de Liquidación Simplificada y el de Reorganización Simplificada.

Dispone que, una vez finalizados los Procedimientos Concursales, la Superintendencia y los responsables de los registros deberán proceder a la eliminación de los datos del Deudor. Esto aplicará para el Boletín Concursal y otros registros o bancos de datos personales. Apunta a las obligaciones de carácter económico, financieras, bancarias o comerciales, según corresponda. Esto, en conformidad con lo establecido en la ley sobre protección de la vida privada, en un plazo no superior a treinta días.

La norma también regula la situación de los veedores y liquidadores, por ejemplo, definiendo la vía de entrada a la nómina respectiva o su exclusión.

 

 

REORGANIZACIÓN

La iniciativa extiende la aplicación del procedimiento de reorganización de empresas actual a las medianas y grandes empresas. Sin embargo, reserva el procedimiento simplificado de reorganización que se crea para las micro y pequeñas empresas (mipymes).

Además, introduce al procedimiento concursal de reorganización diversas modificaciones que lo optimizan y mejoran. Entre ellas, perfecciona normas que regulan el período de protección financiera -el cual se aumenta de 30 a 60 días, pudiendo prorrogarse por 60 días más- que se otorga al deudor que se somete al procedimiento concursal de reorganización.

 

 

La norma también aumenta el plazo que tendrán los acreedores para verificar sus créditos. Asimismo, incorpora al procedimiento concursal de liquidación de empresas, diversas modificaciones para optimizar este procedimiento. Entre ellas destaca el permitir que las personas naturales que emitan boletas a honorarios puedan someterse a este procedimiento. Así, al dejarán de considerarse como “empresas deudoras”, calificación que les impedía acceder a este procedimiento.

Adicionalmente, el texto dispone la creación de un procedimiento simplificado de reorganización para micro y pequeñas empresas (ingresos anuales inferiores a 2.400 UF). Deberán tener contratados de 1 a 9 trabajadores. En el caso de las pequeñas empresas (ingresos anuales superiores a las 2.400 UF, pero inferiores a 25.000 UF), deberán contar con un personal contratado superior a 10 e inferior a 49 trabajadores.

 

 

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